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Hace más de un año que viven en la finca y ahora han cambiado de parecer y no quieren comprar. En el contrato no hay ninguna claúsula que diga que el depósito se tiene que devolver.
Es la primera vez que veo en un contrato que se paga una prima de opción como Acto de buena voluntad, me parece que va a tener problemas con esos inquilinos, que al parecer han abandonado la buena voluntad.
Para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
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Hola, gracias por vuestra respuesta. He mirado el contrato y dice literalmente: como acto de buena voluntad, la parte optante entrega en este acto la suma de 8.000 e en concepto de garantía adicional, los cuales se descontarán del importe total de la compra.
No entregaron nada como fianza del alquiler.
Ahora me reclaman los 8.000 € y además me han devuelto el recibo del alquiler de este mes.
muchas gracias
Hola virgina:
coincido con la respuesta del sr Crazyh.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Habla de cosas distintas. Una es la fianza, otra la prima. Hay que leerse el contrato para poder responder a su pregunta, asi que le sugiero que acuda a un profesional
Un saludo