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Buenos días,
voy a firmar un contrato de alquiler con opción a compra y voy a entregar 20. 000 euros porque el piso me lo voy a quedar seguro y es un pacto con el propietario.
mi pregunta es, estos 20. 000 euros me desgrava en hacienda? Hay que declararlos?
gracias,
carlos.
Sin perjuicio de las acertadas respuestas recibidas me permito reiterar lo que siempre digo, el contrato de arrendamieto con opción de compra reviste la suficiente importancia como para que antes de firmar lo examine un abogado de su confianza. Luego no hay 'Moviola'.
El precio o prima de la opción no se considera pago y por tanto no es deducible en irpf.
Para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
Nunca digas que te lo vas a quedar seguro... todo es posible. y si en el momento de comprar no tienes dinero? y si tampoco tienes financiacion ajena?
Y por si no comprases, ten por seguro que el contrato te lo redactaran de forma que pierdes esos 20.000 euros, por lo que estás no ante una entrada, sino ante unas arras.
Para la deduccion por adquisicion es requisito necesario la adquicion juridica de la finca. Mientras tanto solo podrás deducir por las cantidades entregadas en concepto de alquiler.
Pedro Martinez
Abogado
Si no me equivoco, podrás desgravarlos cuando ejerzas la opción de compra, pero no mientras sean una prima
Un saludo