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Mamc

inquilino/a

Parking y trastero alquiler opción compra. Quién es el dueño a efectos legales de IBI y tal durante el periodo de alquiler?

Durante el periodo de alquiler, el arrendador puede echarse atrás o si le embargarán sus bienes, también entraría el dicha propiedad arrendada?

graciAs.

  • Preguntado por: Mamc
  • Hace 12 años
  • Categoría: Opción a compra
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Mamc:

    Coincido con las respuestas anteriores.

    reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    Durante el periodo de alquiler opción a compra, deberá hacerse cargo del ibi el arrendador, a no ser que se haya pactado de forma diferente en el contrato.

    "Durante el periodo de alquiler, el arrendador puede echarse atrás o si le embargarán sus bienes, también entraríel dicha propiedad arrendada"

    A la primera cuestión, el arrendamiento se rije por la lau, y la compra por lo pactado en el contrato, por lo tanto, se respuesta está en dicho contrato.

    A la segunda cuestión, si ocurriera el embargo, debería acudir a un abogado, para que este presente el contrato, y poder elevarlo a público y jecutarlo.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El arrendamiento con opción de compra reviste la suficiente complejidad para desaconsejar el uso de un modelo de 'copia y pega' sacado de INTERNET, en realidad se trata de un contrato que integra dos subcontratos: El arrendamiento del inmueble y la opción de compra sobre el mismo.
    En cuanto al arrendamiento no ofrece mayores dificultades puesto que contendrá las cláusulas habituales y aquellas otras que las partes acuerden entre sí, p. ej. La aplicación de las rentas pagadas en todo o en parte al precio de compra, en caso de ejercitarse la opción.

    En cuanto a la opción de compra cabe destacar, que no existe regulación legal de la misma por lo que la Jurisprudencia ha determinado sus requisitos.

    En este enlace  puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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