Hola, Mi pareja y yo llevamos viviendo justo dos años en un piso de alquiler, y esta semana nos han notificado por primera vez en los dos años que a partir de junio, nos aplican una subida en la renta conforme al IPC entre abril de 2016 y abril de 2017, que nos supone 25 euros más al mes. Hemos estado revisando en la web del INE y hemos visto que para abril 2015 - abril 2016, el IPC fue negativo (-1,1%), y ese año no se nos informó de ningún tipo de modificación en la renta (cuando en el contrato de alquiler no se nos especifica nada de que no aplique el IPC negativo), por lo que si ahora nos quieren modificar el alquiler, entendemos que el año pasado también se tendría que haber modificado, sólo que en negativo. ¿Tenemos derecho a exigir esto? Y en el caso de aplicar la bajada correspondiente el año pasado, ¿sobre qué renta habría que calcular el incremento este año? Espero haberme explicado bien. Muchas gracias por vuestro tiempo. Un saludo, Ana.
Hola, Muchas gracias a los dos por vuestra respuesta. PdC, tenías razón. Hemos solicitado la revisión de IPC correspondiente a 2015-2016 también, y nos la han aplicado sin problema. La verdad es que nunca me había molestado en mirar la variación del IPC, porque nunca ningún casero me lo había aplicado; no deja de parecerme curioso que en el caso de bajada, tenga que ser el inquilino el que se moleste en solicitarlo, pero en fin, vivir para aprender. Gracias de nuevo. Un saludo, Ana.
Buenos días, Lo que debe hacer es notificar de forma fehaciente que se aplique la actualización desde el origen del contrato de forma retroactiva puesto que su derecho no ha caducado. El procedimiento debería ser tomar la base (renta origen contrato), aplicarle la variación del IPC de 2015-206, lo que genera una nueva base (renta actualizada), aplicando la variación 2016-2017 sobre esta. Cuidado con pagar la renta actualizada sólo por la variación del último año y no notificar de forma fehaciente la solicitud de que se haga desde el origen con anterioridad, puesto que se podría entender como renuncia al derecho de actualizar el año 2015-2016. Espero haberla podido ayudar. Saludos!
Hola Ana. La renta puede bajar o subir en función de la variación del índice pactado en el contrato. Pero cuando el índice baja debe ser el inquilino quien se lo reclame al arrendador.
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