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Magda_Lena

inquilino/a

Primero me suben el IBI, después la inflación?

Hola,

tengo un piso en alquiler desde Augosto 2010 (&Euro; 850 al mes).

ahora he recibido una nota que tengo que pagar la subida del ibi (que es &Euro;3. 75). Sabia que esta subida era cada año en enero/febrero.

pero que va a pasar en Augosto? Se calculan la infacion sobre mi alquiler (850)? O sobre mi alquiler mas la subida del ibi (entonces &Euro; 853. 75)?

si es sobre mi alquiler + mas la subida del ibi, creo no es justo, por que mi alquiler era en Aug 2010 &Euro; 850, y no &Euro; 853. 75

que hago?

gracias!

  • Preguntado por: Magda_Lena
  • Hace 13 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (5)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Magda:

    En el siguiente enlace encontrará más infromación sobre la actualización de la renta:  

     http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/como-debe-actualizarse-tu-alquiler-durante-los-primeros-cinco-anos/

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

     

  • Domus

    Domus

    casero/a

    Añado a la clarísima explicación de pholmo que la subida del ibi solo procede si está expresamente contemplada en el contrato.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La actualización del alquiler se efectua sobre este concepto aplicando el ipc que corresponda

    Eso significa que cuando el arrendamiento cumpla un año el arrendador podrá aplicar el IPC (índice de precios al consumo) sobre el alquiler, que se haya venido pagando hasta ese momento.

    De nada.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • Magda_Lena

    inquilino/a

    Perdon, en palabras normales este significa:

    La actualización del alquiler se efectua sobre este concepto aplicando el ipc que corresponda.

    ?????

    Y perdon, no voy a llamar un numero tan caro. Me ayudas mas con decir donde encuentra mas informacion (ley) sobre este tema. Gracias!

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El ibi es un tributo y se repercute al inquilino, si así lo dice el contarto, en la cuantía que lo gire el Ayuntamiento.

    La actualización del alquiler se efectua sobre este concepto aplicando el ipc que corresponda.

     

    Para ampliar o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
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