Solo te lo puede subir lo que marque el ipc, puedes calcularlo tu misma en este enlace
http://www.ine.es/calcula/ Dudo que sean más de un par de euros.
Para podertelo subir, te tiene que avisar 30 dias antes del cumpleaños del contrato(ya que has cumplido los 3 primeros años, en los cuales solo te puede subir el ipc a no ser que el contrato estipule otra cosa), y tu, podrás decidir si aceptas o te buscas otro inmueble