Hola Javi:
En cuanto a la duración de su contrato le sugiero la lectura del siguiente enlace:
https://letradosalquileres.es.tl/Ley-de-Medidas-de-Flexibilizaci%F3n-del-Mercado-del-Alquiler.htm únicamente tendría valor uno de los contratos posteriores si en el mismo se hubieran modificado condiciones sustanciales (renta, duración, gastos..).En caso contrario el contrato originario es el que prevalece.
Respecto a la actualización de la renta:ç
Si su contrato es anterior al 1-4-2015, se aplicará lo siguiente : "Durante la vigencia del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes. En defecto de pacto expreso, el contrato se actualizará aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el índice general nacional del sistema de índices de precios de consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas, el que corresponda al último aplicado"
Si su contrato es posterior al 1-4-2015, se aplicará lo siguiente:"Durante la vigencia del contrato, la renta solo podrá ser revisada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes. En defecto de pacto expreso, no se aplicará revisión de rentas a los contratos.
En caso de pacto expreso entre las partes sobre algún mecanismo de revisión de valores monetarios que no detalle el índice o metodología de referencia, la renta se revisará para cada anualidad por referencia a la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad a fecha de cada revisión, tomando como mes de referencia para la revisión el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de revisión del contrato."
Reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl