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En enero la dueña me comunica que me sube un 3% (ipc diciembre) a pagar desde febrero. A finales de febrero me dice que vuelve a subirme la renta pues se ha publicado el ipc de enero (3,3%).
y ayer me dice que además el contrato es con fecha 20. 01. 10 y que me cobra la parte proporcional del 20 al 31 de enero.
duración contrato: 5 años desde fecha encabezamiento (20. 01. 10) salvo que se ponga a disposicion del arrendatario en fecha posterior y entrará en vigor el uno de febrero de 2010.
para actualizar la renta pone que se aplicará el ipc en un período de doce meses inmediatamente anterior a la fecha de actualización. Como referencia para la primera actualización será el ipc publicado en ese momento. Renta actualizada exigible mes siguiente de notificarlo.
si la fecha es 20. 01 entiendo que en diciembre debería haberme comunicado la subida con el ipc publicado en ese momento, de noviembre.
Hola Inma:
En El siguiente enlace encontrará información detallada sobre su consulta:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
No importa lo que ponga el contrato. Solo se puede aplicar una subida cada 12 meses, y esa corresponde al último ipc publicado el día que corresponde esa actualizacion. En este caso el ipc publicado a 20 de enero es el correspondiente a diciembre y es que hay que aplicar (3%).
los "atrasos" no se pueden cobrar. Si se notifica la subida más tarde de lo debido el casero pierde esos "atrasos".