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Mi casero me comunica que el alquiler subira un 2,9 % segun el ipc,basandonos en el calculo del indice general. Desde Diciembre 2011 a Diciembre 2012. Mi consulta es para aclarar, ¿Si la subida se debe tener en cuenta basandonos en el indice general nacional del ipc o solo en la rubrica referida a la vivienda en alquiler? Que en este caso seria solo del 0,4 %.
muchas Gracias a todos.
la subida es sobre el IPC general.
Así lo estipula la ley:
1. Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
¿tu contrato cumple el año en Diciembre? Hasta que no lleves un año no te pueden subir la renta.