En breve cumpliré un año de contrato y con opción de prorrogar a cinco ¿puedo cambiar cláusulas? ¿puedo pedir rebaja?
En poco tiempo cumpliré el primer año de alquiler, que puedo prorrogar a cinco años más. Me gustaría saber si puedo cambiar cláusulas del contrato firmado en un primer momento o si puedo pedir una rebaja del precio de alquiler.
Legalmente, salvo que en vuestro contrato ponga lo contrario, sólo tendrías derecho a que se actualizase el precio de la renta en relación al IPC. Normalmente, al actualizarlo la renta a pagar es más alta. Pero en los últimos meses ha sido negativo, asi que es muy probable que se te redujese unos 10 euros al mes, aproximadamente, (si el IPC sigue como hace unos meses).
No obstante, casi todo es negociable en esta vida. Si teneis buena relación con el casero, teneis los pagos al día y no le habéis pedido todavía muchas cosas, hablad con el. Quizás tengais suerte y os haga caso. Pero tened en cuenta que en ese caso os estaría haciendo un favor, no teneis derecho a ello.
Si os dice que no a todo y no estais contentos, podréis rescindir el contrato y buscaros un nuevo piso sin problemas (eso sí, avisadle con la antelación que marca el contrato).
De todas formas, sobre la bajada del alquiler, tened en cuenta que si ahora que los precios del mercado están bajos, el casero os hace una rebaja, cuando suban, os podrá hacer una subida también. ¿Realmente os compensa?
En cualquier momento se pueden añadir o modificar cláusulas (mediante anexos al contrato) siempre que las dos partes estén de acuerdo.
Respecto a pedir una rebaja, seguramente no tengas que pedirla porque te corresponda.
A los alquileres que estén cumpliendo años entre el 13 de octubre y el 12 de noviembre les corresponde una rebaja del 1%. Y llevamos ya bastantes meses con IPCGN negativo y por tanto rebajándose las rentas.
Eso sí, si te refieres a una rebaja importante, entonces quedará al acuerdo de voluntades....
Yo te diría que tengas algo buscado por si acaso. (Así además verás si estás o no en Mercado)
Ya sabes que si avisas 30 días antes del cumpleaños del contrato puedes irte con todas las de la ley.
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