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Estoy de alquiler en un piso desde hace 2 años, y ahora en febrero nos toca hacer la revisión. En el contrato hay una cláusula que dice que la subida será de un 4%, por lo que en febrero del año pasado nos subió ese porcentaje el alquiler, y este año nos quieren subir otra vez ese 4%. Como el ipc fue negativo, quiero saber si al constar esa cláusula en el contrato nos corresponde esa subida, o en realidad nos tendría que haber bajado el alquiler. gracias
Esa clausula es totalmente nula, durante los 5 primeros años solo puede actualizarse según el IPC. Si su contrato es del 1 de febrero el último publicado era el de diciembre, en torno al 1.4%, este año igual, en unos días se publicará el de diciembre que será el que debe tomar como referencia, se estima que será el 0.9%.
No obstante esta actualizaciíon debe ser solicitada por escrito por el interesado en la fecha del cumpleanos del contrato, si no se le notifica no haga nada, y si le dicen algo, indiquele que la renta a pagar es la renta incial + ipc el año pasado + ipc este año.
Esa cláusula se considera nula de pleno derecho en base al artículo 6 de la LAU, por lo que, aunque no pueden recuperar las cantidades ya pagadas, en febrero podrán calcular la variación del IPC General Nacional y notificarle al propietario que ese será el nuevo importe de alquiler que le pagarán a partir del mes siguiente.