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El contrato de alquiler del piso es de 1989, renta muy baja, y el contrato d la luz esta a nombre de la dueña, me amenaza la compañía con cortar el suministro si no pago 70,74€. Tampoco yo he dado permiso para hacer obra o reparación en el piso.
El ICP (Interruptor de Control de Potencia) es un elemento que deben llevar todas las viviendas y que salta cuando se está consumiendo mayor potencia de la contratada. Últimamente, las compañías suministradoras están haciendo mucha presión para que se coloquen, porque en instalaciones antiguas suele faltar. Si este es el caso, no se trata de que se hayan hecho obras en el piso, sino de que falta un elemento en la instalación que es necesario colocar.
Puede depender de la compañía suministradora, una de ellas, por ejemplo, ofrece dos posibilidades:
1- Lo instala ella de forma gratuita y cobra un alquiler mensual.
2-Lo instala un electricista y la compañía se pasa a precintarlo.
Como técnico, yo entiendo que es un elemento consustancial al cuadro de mandos (algo así como el diferencial) y por tanto el gasto correspondería al casero.
Es evidente que si la electricidad la consume ekl inquilino es quien debe pagarla y asumir el riesgo de corte por impago.
En cuanto a las obras habría que examinar la entidad de las que se hayan hecho sin autorización ya que puede ser causa de desahuc io
En mi blog, cuya lectura le recomiendo http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente incluso por teléfono.