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Mi suegra alquiló un piso a su prima recién casada, hace sobre unos 41 años. Aparte de que está pagando solo 70€, mi suegra quiere vender la casa. la pregunta es: ¿cómo podríamos echarla de casa sin perjudicarla? supongo que tendremos que pagarle algo como derechos adquiridos, ¿no? mi suegra hasta está pensando en comprar un piso y alquilárselo ... a mí eso me parece una tonteria .
Por favor, espero vuestras respuestas, saludos, maria
Hola,
comentarle como anexo, que la venta de viviendas con alquiler "de renta antigua" presenta ciertas peculiaridades, concretamente las recogidas en el artículo 53 de la LAU de 1964, según el cual "el importe del precio de transmisión no puede exceder de la capitalización de la renta anual que en el momento de la transmisión pague el inquilino".
Es decir, que el precio de venta de la vivienda es limitado (y generalmete muy inferior al precio de mercado).
Le adjunto un enlace en el que el experto PHOLMO hace una excelente exposición del asunto.
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/02/inquilinos-de-renta-antigua.html
Espero haber ayudado.
La ley prevé cuales son las causas de denegación de prórroga forzosa; si no se cumple ninguno (no residir, necesidad de un pariente del dueño, subrogación inconsentida, etc.) solamente cabe la negociación. No hay tablas para valorar los derechos de la inquilino.