Considero que la Comunidad no puede entrar en la relación arrendaticia de ese piso, lo que sí se debería haber hecho es reclamar los pagos atrasados incluso judicialmente contra el propietario moroso.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.