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Tengo que pagar antes del día 5, ya estamos a 2 y no quiero que conste como impago para que no puedan echarme del piso. El contrato es del 1979.
Maria José, cuales son esos requisitos legales y cuales son esos estamentos gratuitos?
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es
Mi opinión es que: El pago en metalico no es aconsejable si bien tiere recibo firmado por el propietario . Pudiera ser que Él no tuviera el comprato con Ud con los rewuisito legales que son obligatorios , por ello creo debe asesorarse a treves de Estamentos que son gratuito s. Tambien podria enviar Burofax al domicio de este exponiendo sus razones. La fecha del contro al ser del año 1970 creo segun las clausulas de este puede considerase indefinido .Entiendo su preocupacion y espero todo le sea satisfactorio , Un cordial saludo Maria José
En el juzgado lo puede consignar,junto a su contrato y demás documentación
Hola marisa:
coincido con la respuesta del sr Paolo.
Reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
Creo que deberia consignarlo.
para evitar problemas Corra a un abogado especializado en renta antigua, y que le asesore.
tambien puede llamar a pholmo y obtener una respuesta rápida a su duda; pero quizas el mismo le recomiende un letrado presencial, no se.
http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/usuarios/pholmo
mi mayor consejo es que se mueva rápido; el lunes sin falta!