Laura, conviene aclarar los conceptos.
Si su suegro como titular del contrato estuvo viviendo un año y vd lleva 13, quiere decir que ese contrato es de 2002, renta antigua se refiere a un contrato anterior a 9/05/1985.
Ese contrato en la actualidad se encuentra en tácita reconducción, prórroga forzosa, de duración anual o mensual dependiendo de si se pacto la renta anual o mensual.
Con esos datos lo más procedente sería formalizar un contrato nuevo a nombre de Vd.
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