En principio se la actividad profesional es accesoria al uso de vivienda (usted sigue viviendo allí) no habría cambio de destino y podría usted dedicarse a su profesión en la vivienda alquilada. Pero como todo en derecho, está sujeto a interpretación.
A su disposición para lo que pueda necesitar,
www.asistencialegal.net
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