Un saludo a todos Mi pregunta es la siguiente: Imaginemos que el arrendador le propone subir el precio del arrendamiento mensual al arrendatario en una cantidad (20 euros, por ejemplo) cantidad que no corresponde a la subida el IPC, pero el arrendatario acepta porque la subida no le parece grande y ademas cree que el arrendamiento que paga es bao. Tienen que hacer un nuevo contrato con el nuevo precio y al hacerlo empezaria de nuevo a contar el tiempo para loa tres años obligatorios de arrendamiento según las modificaciones de la ley de 2013?
La modificación de un elemento sustancial del contrato como es la renta puede suponer, aunque se realice en un anexo, la realización de un nuevo contrato.
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