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Hicieron una reunión a la que no pude asistir y allí acordaron que no se pueden alquilar los trasteros
Si el acuerdo pasa a ser parte del titulo constitutivo de la comunidad (parte de los estatutos) podría ser válido si no hay impugnación judicial del mismo, y podrían llevarla a juicio; pero habría que ver si en el acuerdo se prevé la sanción para el caso de incumplimiento. Es parecido a los acuerdos donde se prohibe dedicar locales o viviendas a ciertas actividades. La comunidad puede poner límites al derecho de uso de los comuneros.
Entiendo que puedes alquilarla pero no como vivienda.
según Art.2.1 su destino primordial debe ser satisfacer la necesidad permanente de vivienda. Un trastero no reúne requisitos de habitabilidad aunque las normas aplicables a viviendas lo son también a trasteros, garajes, ( ¿se puede vivir en garage?.-
según Art 3.1- su destino debe ser distinto del art. anterior.-
saludos,
Ninguna comunidad puede regular que es lo que tu puedes hacer con tus bienes.