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En su dia al alquilar el piso,la inmobiliaria me pedia 2 meses de alquiler y tener un aval bancario equivalente a un año de alquiler.
Hola Orimar:
Habría que examinar su contrato para darle una respuesta legal concreta. Por otro lado, parte de la jurisprudencia de las Audiencias Provinciales tienden a aplicar la indemnización del artículo 11 (1 mes de renta por cada año detl contrao que reste por cumplir) a los contratos de arrendamiento de vivienda con una duración inicialmente pactada de 5 años, como parece ser su caso.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Amigo mío,si has firmado ,debes cumplir los plazos,de la misma manera que el casero, tampoco se los puede saltar y efectívamente te podrán reclamar los meses que te falten por cumplir o hasta que se alquile otra vez.Puedes y debes hablar y pactar con el casero (por escrito) incluso dejando ver la vivienda o buscando un sustituto tu mismo ,para que es casero no salga lesionado económicamente.Pero siempre dialogando,pactando