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Leilav

inquilino/a

Renovación del contrato de alquiler después de pasados 5 años sin nuevo contrato.

Hace ya tres meses que venció el contrato que se renueva anualmente hasta cinco años. La propiedad quiere subir el alquiler, pero no nos manda un nuevo contrato, sino que nos comunica la subida por teléfono. La subida es aleatoria, lo que consideran ellos, pero nosotros no estamos por hacer una mudanza de momento. Por otro lado, hay una serie de desperfectos estructurales que no acaban de arreglar (ventanas que no cierran, humedades, etc.) La obra más costosa sería la instalación de un doble ventanal en una habitación, pero nos han dicho que, si hacen esta obra, nos van a subir mucho más el alquiler (20%) ¿Tenemos que pagar el nuevo importe que piden sin contrato firmado o podemos seguir pagando lo que pagábamos hasta ahora? ¿O hay un plazo en el que tengamos que firmar el nuevo contrato, que si no se cumple, no se puede subir el alquiler? ¿Pueden echarnos del piso antes de tres años?

  • Preguntado por: Leilav
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (5)
Domus ha sido el primero en contestar
Domus ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pedro ha respondido usted a un post de hace la friolera de 6 años cuando la ley todavía no había cambiado ... por favor fijese un poquito antes de contestar alegremente
  • PEDRO SANCHEZ SALMER

    inquilino/a


    Artículo 10 . Prórroga del contrato 1. Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, una vez transcurridos como mínimo tres años de duración de aquel, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con treinta días de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante un año más.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Una vez vencido el contrato, os encontráis en la prórroga recogida en el artículo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

    Efectivamente el casero pudo haber modificado las condiciones de la actualización de la renta, y digo pudo porque ya no puede.

    Hace 3 meses que vuestro contrato se prorrogó en las mismas condiciones que durante los 5 años anteriores, por plazos anuales, hasta 3 años más si tú quieres.

     

    Ni se te ocurra firmar nada. Ni anexos ni nada de nada. El contrato original es perfectamente válido.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • Leilav

    inquilino/a

    La propiedad no nos ha notificado nada por escrito, sólo de palabra. En que ley está eso de que tenemos derecho a seguir con las condiciones anteriores hasta tres años? Pretenden que firmemos un anexo al contrato inicial que se renueva anualmente "teniendo que realizarse las revisiones de mutuo acuerdo". Eso significa que pueden subir el alquiler lo que quieran cada año y echarnos antes de tres? Tenemos derecho a tener un nuevo contrato o es legal este anexo?

    Y, finalmente, si el contrato se firma varios meses después de haber vencido el anterior, tenemos que pagar los atrasos devengados de la subida del alquiler?

    • Respondido por: Leilav
    • Hace 14 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    Si la propiedad no os ha notificado fehacientemente (mediante burofax con aviso de recibo, por ejemplo) que da por finalizado el contrato antes de que finalice, tenéis derecho a otras tres prórrogas anuales en las mismas condiciones que el inicial, con obligación por su parte de acometer las reparaciones necesarias para mantener la habitabilidad de la vivienda.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 14 años
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