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Tengo un piso de 200 m2 vacío y que se usa esporádicamente.
¿se pude alquilar por temporadas? ¿qué legislación existe? ¿tengo que darlo de alta en algún sitio? ¿iva, irpf?
La estatal y referida a arrendamientos: lau, cc.
alta en la aeat, iva, con obligacionde declracion trimestral y anual y, en su caso, retenciones de irpf.
los ingresos van a la renta.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es