Buenas tardes, el año pasado desgravé el 60% en mi declaración por el alquiler a estudiantes. Este año me dice un Graduado Social que no puedo porque los contratos tienen que ser de un año, en mi caso el piso está todo el año ocupado por estudiantes que entran y salen, algunos ya llevan más de 2 años en el piso, otros no.Los contratos se renuevan según las necesidades de cada estudiante o trabajador que también los hay.Algunos lo hacen por 4,5,6,8,10,etc, meses, pero como digo el piso nunca está vacío. Quería saber si es cierto que ya no puedo seguir con la reducción del 60%, ya que como digo en años anteriores siempre lo he tenido.
Lo ha copiado y pegado en el buscador? La transcribo lo que le interesa: En este sentido, debe entenderse que se trata de un arrendamiento de un bien inmueble destinado a vivienda, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (BOE de 25 de noviembre), en adelante LAU, cuando el arrendamiento recaiga sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario. Por su parte, el artículo 3 de la LAU dispone que: Se considera arrendamiento para uso distinto del de vivienda, aquel arrendamiento que recayendo sobre una edificación tenga como destino primordial uno distinto del establecido en el artículo anterior. Y continúa señalando, en especial, tendrán esta consideración los arrendamientos de fincas urbanas celebrados por temporada, sea ésta de verano o cualquier otra. En consecuencia, no resultarán aplicables las reducciones señaladas cuando el arrendamiento del inmueble se celebre por temporada, sea ésta de verano o cualquier otra.
En mi caso, los contratos a los estudiantes indican que la habitación contratada se empleará exclusivamente como vivienda personal, por lo que no sé si en este caso me puedo aplicar la reducción del 60%, ya que como he comentado tengo algunos que llevan en la vivienda más de dos años, cumpliendo contratos y renovando sucesivamente.
El que haya venido haciéndolo mal no excluye que le pueda venir una inspección, le dejo un enlace que le puede servir https://www.pedrohernandezabogado.com/2012/09/es-arrendamiento-de-vivienda-el.html
La reducción del 60% es para los contratos de arrendamiento para uso de vivienda. Es muy común que los de estudiantes sean contratos para uso distinto de vivienda (de temporada)
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