La ley no dice nada. Se aplicaría lo que dice el contrato. Si la cláusula que indicas solo se refiere al aviso de fin del plazo, efectivamente te podrían reclamar los cinco meses restantes, si tu marcha no está justificada por lo que te aconsejo que comuniques que te marchas por paro, traslado, reducción de ingresos o similares.
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