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Llevo más de seis meses de alquiler, ¿puedo irme a otro piso que me interesa más, con la mitad de la fianza que aboné?
Los contratos son de obligado cumplimiento. Solo puedes irte (sin penalización) a los cumpleaños de la firma del contrato de año en año, avisando 30 días mínimo antes de dicha fecha.
Lo que está claro es que si llevas seis meses de alquiler, salvo que la duración del contrato sea siete meses, para marcharte necesitas la conformidad del arrendador o pagarle un indemnización.
Para ampliar más o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/
si no te explicas un poco mas será dificil contestarte con un minimo de acierto.