Cual es la ley de arrendamientos urbanos que rige actualmente? se puede redactar un contrato de acuerdo a una ley anterior? si no es así, hay que redactar nuevamente el contrato?
Efectivamente la Ley aplicable a tu contrato es la que indicas, pero con las modificaciones posteriores tienes inquilino por durante tres años, salvo que éste desista del contrato antes o lo incumpla, en cuyo caso podrás echarlo por la vía judicial al amparo del artº 27 de la Ley 29/1994 de 24 de Noviembre.
Hola, tengo un problema y muchas dudas. Me gustaría rescindir un contrato de alquiler, puesto que el "inquilino", cada día que pasa, me genera mas y mas dudas de su fiabilidad. Esta duda que por la que pregunto es porque hemos firmado estos días un contrato y en el mismo hemos redactado lo siguiente:"... el arrendamiento de dicha vivienda con sujeción al régimen jurídico establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos de 24 de Noviembre de 1994, con arreglo a ...." De ahí la pregunta, no desearía continuar alquilando a esta persona y quisiera saber si de forma unilateral, puedo rescindir unilateralmente el contrato. Gracias por el aporte.
La ley que rige actualmente para nuevos contratos, es la última, la de los contratos anteriores, depende de la fecha en que se hicieron. Tú tienes una duda o un problema, si nos lo cuentas, intentaremos orientarte.
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