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El contrato de arrendamiento tiene una cláusula que pone especificamente que no se pueden tener animales ¿Si tengo mi gatita conmigo qué riesgo corro? En el edificio mucha gente tiene perros. Además son unos pisos que están llamados a derribo desde hace 10 años porque están muy torcidos. Mil gracias
Caramba, Raphaël, me sorprende tu erudición y tu enconamiento en este tema. A tenor de tu respuesta cualquiera diría que eres magistrado del Tribunal Constitucional sentando Jurisprudencia respecto al asunto de los animales domésticos en una vivienda arrendada. Todo lo que comentas no dejan de ser "interpretaciones" totalmente subjetivas del articulado de nuestra querida Constitución.
Pero poniendo los pies en la tierra, y acudiendo al Derecho Civil y a la LAU, que es donde se suelen resolver estos temas, toda cláusula libremente pactada por las partes que no contravenga la Ley es perfectamente válida y su transgresión puede constituir motivo de resolución del contrato de arrendamiento. En este mismo foro y ante un tema similar hay una respuesta de Juan, que es un respetado y reconocido profesional, que dice lo siguiente:
"Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público (artículo 1255 del Código Civil); las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes (art. 1.091 CC); finalmente, la parte que cumple sus obligaciones puede resolver el contrato si la otra parte no cumple las suyas (art. 27. 1 LAU y 1556 del CC). De estas normas se desprende que una cláusula que prohíba la tenencia de animales domésticos es válida y su incumplimiento es causa suficiente para resolver el contrato de arrendamiento".
¡Ah! Y esto no es una cosa personal, por lo que yo no tengo por qué aceptar ningún reto. Es más, podría ser que algún juez fallara a favor del inquilino atendiendo a las circunstancias personales del caso.
@MA10: 2º parte
Artículo 33
Derecho a la
Propiedad
1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.
>>> El derecho a poseer animales domésticos está amparado por la propia constitución. Por tanto, cualquier norma o cláusula contractual no fundamentada que impidiere su tenencia en la residencia principal vulneraría este derecho.
3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.
>>> Si no existe causa justificada de utilidad pública o interés social (p.ej. peligrosidad o problemas sanitarios) que impida tener una mascota en una vivienda alquilada, cualquier claúsula contractual que intentare privar al inquilino de su derecho a poseer animales domésticos sería arbitraria y abusiva.
En fín, la cláusula que limita la tenencia de animales se puede perfectamente considerar nula, y carecer de validez. Ahora bien, le reto a que acuda a una jurisdicción civil para rescindir un contrato por tener una mascota, y a que me demuestra así lo contrario...
Un saludo.
@MA10: Ahí van algunos artículos de la Constitución Española (1º parte)
Artículo 10
Derechos de la
persona
1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre
desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son
fundamento del orden político y de la paz social.
>>> Es fácil demostrar que la tenencia de mascotas, el amor que se les profesa y los cuidados que se les dedica participan del libre desarrollo de la personalidad (hasta tal punto que ciertas personas las consideran como un miembro más de la familia…), por lo que cualquier norma o cláusula contractual no fundamentada que lo impidiere vulneraría este derecho.
Artículo 18
Derecho a la intimidad.
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
>>> La libre tenencia de animales domésticos en la vivienda urbana, aunque fuera alquilada, forma parte del derecho a la intimidad personal, y cualquier norma o cláusula contractual no fundamentada que lo impidiere vulneraría este derecho.
Para quienes dicen que la cláusula que limita la tenencia de animales es nula: Esa cláusula es perfectamente lícita, como todas las que se pacten en contrato y no vayan contra la ley, en cuyo caso sí sería considerada como nula o no puesta.
En este caso concreto no hay que desviar la cuestión hacia el mayor o menor amor que podamos tener cada uno a los animales, que es muy respetable y muy subjetivo, sino que el propietario está alquilando un bien sujeto a unas determinadas condiciones, y el inquilino no puede ni debe saltárselas, salvo que dialogue con el casero y éste esté dispuesto a aceptarlo. Lógicamente, en este caso debería además mediar el compromiso expreso del inquilino de correr con todos los gastos que la tenencia del animal pueda originar en la vivienda. Lo que no se puede hacer es meter el animal en la vivienda de incógnito y luego largarte dejando el marrón al casero, como ya cuenta por aquí más de uno que le ha ocurrido.
Y es que en la vida hay que ser responsable con lo que se firma y con lo que se hace, y en eso se resume todo. Si todos lo hiciéramos otro gallo nos cantaría.
intentar que no se entere!! y respecto a una de las respuestas, si todos fueramos así de insensibles con los animales diciendo que solo dan trabajo, etc... pues muchos más sentimientos buenos hacia nosotros es lo que tienen y mucho más agradecidos y porque no decirlo, mejores que mucha de la gente que hay por ahí!!!!
jajajaja...... Rapahel estoy contigo..... ¡¡¡que paguen y si no a la p... calle¡¡¡¡
Pilar tambien prescindes de las personas..... ¡¡que vida más triste XD¡¡¡¡¡
@Pilar 3: Estoy contigo para afirmar que está mal que los gatos que lo arañan todo dejen de pagar los últimos meses de alquiler para no tener que asumir ellos los desperfectos. De verdad hay que responsabilizarles. Por eso, propongo que se le cobre 3 meses de fianza + 6 meses de aval bancario a cada animal cuya situación económica no le permite pagar el alquiler porque no tiene dinero ;-)
Gracias a todo el mundo que o parte de su tiempo para intentar ayudarme, pero ya tengo a de un centro civico y entre la abogada y la psicologa convenceremos a mi tia.
No tengo ningun problema en pagar los desperfectos, porque no los va ha haber pues mi gatita esta muy bien educada y no tiene uñas y a parte es mucho mas limpia que millones de personas.
Gracias a todo el mundo, de verdad, un abrazo
Trata de que no se entere. Pero si causa algun daño que sepas que lo tienes que pagar.
A ver...la sensibilidad con los animales está muy bien, pero la realidad es que rayan las puertas, todo huele mal, llenan la escalera de pelos que no se limpian, hacen pis antes de llegar a la calle, los gatos arañan todo y luego para no pagar los desperfectos dejan de pagar el alquiler los últimos meses. Casi siempre son personas muy jóvenes que los tienen de capricho y no se responsabilizan nada, cuando tengan su casa, grande en medio del campo y no molesten a nadie...pues perfecto, yo creo que el tiempo se tiene que utilizar para algo útil, trabajar, estudiar y descansar y no enredarse con animales domésticos que lo único que nos aportan es trabajo, gasto e incomodidades, y luego no pueden pagar el alquiler porque no tienen dinero, mi lema es prescindir de todo lo innecesario y aligerar la vida.
Hola rocio,el problema en tu caso,no k sea gato ,perro o pez rojo.El problema es es animal e si..Olor,ruido,destrozo..Etc..Etc.Vivo tmbn d adkiler y tmbn tngo animal.Invita tu casero a tomar el aperitivo(no t olvides d las aceitunas...) y desmostra en poco tiempo lo k eres tu ,y tu gato........Caera... Cayeron por mi,y tengo perro. Suerte
Echale morro.
También se puede estimar que un animal no es legalmente mas que una cosa, al igual que un sofa, una maquesa o un frigorífico. Del mismo modo que el proprietario no puede prohibir la tenencia de electrodomésticos, no puede hacerlo tampoco con animales. Dicha cláusula es nula y carece de validez.
Ahora bien, si hay destrozos o molestías, el dueño del animal tendrá que hacerse cargo...
Si en el contrato hay una clausula que pone que no se admiten animales y tu lo has firmado, si metes a tu gata en el piso estas incumpliendo el contrato y es motivo de rescisión del contrato. Aunque haya mas animales en el edificio, eso es asunto de los otros propietarios, pero tu casero ha puesto claramente que él no quiere animales y debes respetarlo. Siempre puedes hablar con él a ver si en tu caso hace la vista gorda, pero con su consentimiento. Y entiendo perfectamente a tu casero. Yo tengo un piso en alquiler, y aunque no admito animales, me dio pena y deje que metiesen un gato en el piso, ante la promesa de que no me iba a enterar de que había habido un gato en el. Pues cuando dejaron el piso, aparte de los destrozos por los arañazos del gato en muebles, sofas y puertas, el piso olía a gato que no se podia aguantar, y por mas que limpiabamos no se iba el olor. A base de tiempo (y me refiero a un par de años) , limpiezas y ventilaciones el olor ha desaparecido. Por mucho que digas que el gato no va a hacer nada, siempre provoca algun destrozo, aunque "sólo" sea rayar el parquet, que ya de por si es un destrozo considerable, porque lijarlo cuesta mucho dinero. Y aunque mantengas una higiene del animal, los animales siempre dejan olor, y más aun los gatos. Que conste que me gustan los animales, y los gatos en especial. Saludos
Hola Rocio, yo vivo de alquiler y hace poco más de un año me regalaron un perro pequeñito del tamaño de un gato, el piso donde vivo es precioso y me encanta cuidar donde vivo, no tengo ningún problema con mi perro porque lo adiestro para que haga exactamento lo que tiene que hacer, tanto los cositas y lo que puedo o nó hacer, por ejemplo: el no entra en el salón porque desde pequeño lo eduqué que no podía entrar a no ser que lo se lo diga, no sube al sofá hasta que yo no se lo digo, no se sube encima de la cama, y etc... Porque los que tenemos mascota también hay que educarlos, son parte de la familia y hay que dedicarles atención y cariño así que ellos también tienen sus normas. Y toda esa gente que destroza los pisos con los animales, creo que es gente no sabe convivir y menos con perros, Los perros y gatos bien adiestrados no tienes ingún problema. Cuando me voy a trabajar si queda solo y no rompe nada de nada, lo dejo en una habitación hasta que vuelvo y no hay problema, no le dejo suelto por la casa, y a eso también está acostumbrado, y cuando vuelvo de trabajar le doy su esperado paseo y su premio por portase bien cuando no estoy. Una mascota necesita atención si no se la das te destroza la casa y que pille para llamar la atención, así que creo que esa gente deberia pensarse si tener mascota, en fin sin irme del tema del alquiler, suerte Rocio y una gatita no da ningún problema. un beso estoy contigo!
Habla con el dueño o dueña, pero si está especificado en un cláusula, a mi parecer, deberías respetarla; si no lo haces, incluso el dueño podría denunciarte y rescindir el contrato.