El avalista es eso mismo avala.
Garantizan el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contenidas en este contrato como fiadores.
Son fiadores solidarios e indefinidos de la parte arrendataria, convirtiendo en suyas las obligaciones de ésta, y renunciando no solo a los beneficios de orden y excusión de bienes, sino también a lo dispuesto en el artículo 1851 del Código Civil, pues consienten en las prórrogas que se otorguen al arrendatario para el pago de sus obligaciones.
La responsabilidad de los fiadores, aunque se prorrogue el contrato, seguirá vigente hasta que, observadas y cumplidas todas las condiciones del mismo y satisfechas todas las rentas, recibos, servicios y suministros pendientes, gastos de reparación de los desperfectos ocasionados en la finca, etc., el arrendador o su administrador se haga cargo de la misma a su satisfacción y reciba las llaves.
espero haberle aclarado.
estoy a su servicio
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