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los otros años no se an firmado contratos .,,.,. el señor un dia me dijo q el estab vendiendo el loca q si se lo compraba pues yo le dije q por el momento no ,.,. y resulta q el señor esta trayendo y trayendo gente a verlos a qq tengo derecho por este tiempo ,.,. asegun tengo entendido el señor debe de darme como minimo 3 meses para desocuparle sin tener q pagarle por este tiempo es verdad gracias
Hola william:
coincido con la respuesta del sr Piscis tres.
reciba un cordial saludo.
Si el local se halla en territorio español, no tienes ninguna obligación de facilitarle la labor al propietario y mostralo a posibles compradores, si lo deseas puedes ejercitar la adquisición preferente mediante los derechos de tanteo y retracto y si no lo hicieres y llega a venderlo mientras tu contrato sigue vigente, el nuevo propietario se coloca como tu nuevo arreendatario.
Tienes además otros posibles derechos que regula la LAU, acude a un abogado para que te asesore de lo que puedes hacer o para que te defienda en caso de que tu arrendador quiera echarte del local, lo cual, si te opones y pierdes, no lo logrará en menos de seis meses.
william cruz: los datos que da son insuficientes, pero con toda probabilidad su contrato se encuentra en tácita reconducción mensual, por lo tanto el propietario puede echarle en cualquier mes y sin derecho a indemnización por este hecho.