Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
He entrado a vivir en un piso conpartido. Me hicieron contrato indefinido. A los pocos dias ya me he dado cuenta de que la convivencia con los otros inquilinos es dificil y me quiero ir... aparte el frigorifico no funciona bien y hay otros fallos estructurales en la casa. Cuando me puedo ir con derecho a la devolución de la fianza? Le puedo avisar con los 30 dias a partir de ya...?
Pues yo en parte estoy de acuerdo con la Sra. Amparo, habría que determinar si se trata de su vivienda habitualen ele sentido que la define la LAU en cuyo caso comparto plenamente el criterio de Amparo.
Hola Leocadio:
No se merecen. Ha sido un placer poder orientarle.
reciba un cordial saludo.
Muchas Gracias señor Jan. Me deja mas tranquilo. La verdad es que la respuesta de la señora Amparo bb me habia asustado.
Hola Leocadio:
Su contrato es válido, ya que no es preciso ningún requisito formal para dotarle de validez. Al haber arrendado una habotación sin plazo éste se fijará conforme al modo en que se fijó la renta: diaria, mensual o anual, prorogándose tácitamente por el mismo periodo de tiempo.
Por lo tanto, si en el contrato se estipuló 30 días de antelación, notifique su voluntad de no prorrogar el contrato a su arrendador mediente burofax con acuse de recibo y certificado de texto con al menos 30 días de antelación. Vg: Fecha de celebración 5 de Enero de 2013. Debe notificarlo con 30 días de antelación al 5 del mes siguiente al que vaya a abandonar la habitación.
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl
Hola. Gracias por su respuesta. Me he informado y el contrato no parece ser de los de tipo oficial. Son unos acuerdos firmados por ambas partes, en los que se especifica, en el mismo parrafo, que se me alquila la habitación por un periodo indefinido, pero que tengo que avisar con un mes de antelación si la dejo... Que datos o clausulas identifican un contrato como "oficial"?
Si se trata de arrendamiento de vivienda el contrato indefinido no existe, "Se entenderán celebrados por un año los arrendamientos para los que no se haya estipulado plazo de duración o éste sea indeterminado..."
Habría que leer qué dice el contrato... pero vas a tener que esperar un año... o no solo perderías la fianza... te podrán incluso demandar por incumplimiento.
Lo del frigorífico es anecdótico... Puede que hasta os toque repararlo a vosotros...
¿Cómo no pensaste lo de la convivencia antes? Ahora... es tarde.
Negocia con el arrendador a ver si te permite irte a cambio de la fianza...
Suerte y saludos - Papeleos Alquiler.