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Hola, Necesito que me aclaréis una cláusula de mi contrato. Somos 3 personas las que tenemos un piso alquilado (cada una tenemos nuestra habitación, pero el contrato no es por habitaciones, sino del piso completo), también decir que somos 3 personas independientes entre nosotras, es decir no somos ni familiares ni amigas de antes, simplemente compañeras de piso.
Nuestro contrato es de 1 año (empezó en 1.Sept.2014 y termina en 1.Sept.2015). Aquí es donde empieza mi duda:
-En la cláusula de desistimiento viene estipulado que si desistimos del contrato antes del mes 11 (o sea si desistimos del contrato antes del 1,Agosto.2015) debemos pagarle 3 mensualidades a modo de indemnización.
No sé como de correcta es esta cláusula, ya que la LAU no sólo dice que a los 6 meses nos podemos ir, sino que no tendríamos por qué pagarla 3 meses de indemnización, sino la parte proporcional que corresponda al tiempo que falte por cumplir del contrato.
El problema es que queremos rescindir el contrato a fecha del 1.Julio, es decir quedarnos este mes e irnos prácticamente ya, la casera está avisada con antelación de 33 días.
Quería saber cómo de válida es una cláusula que te obliga a estar 11/12 meses de un contrato de arrendamiento de vivienda y que en caso de rescindir antes de los 11 meses (y por supuesto pasados los 6) habría que abonar 3 mensualidades. En el contrato figura que el uso de la vivienda es únicamente destinado a uso habitual.
(Es la única cláusula extraña que tiene el contrato, ya que por lo demás es el típico contrato de arrendamiento) Muchas gracias.