Hemos alquilado una vivienda amueblada con todo tipo de comodidades, ¿puede el inquilino sacar los muebles de la vivienda?
Llevan viviendo en la casa los inquilinos 7 meses, contrato de un año temporal y firmamos una garantía de alquiler.
Preguntado por:
Evabel
Hace 15 años
Categoría: Inquilinos
Respuestas (18)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar Csc ha sido elegida Mejor Respuesta
belenuski
casero/a
Hola Evabel, yo pienso q depende de lo que pusiera en el contrato cuando lo firmaras, si te lo dejan amueblado tiene q poner en el contrato lo q queda dentro de la casa por si sufre algún daño ya q para eso está el mes de fianza, si no lo hablasteis o no ponía nada en el contrato....
En el contrato de alquiler tiene que constar todo lo que tiene el piso y la marca y modelo de todos los electrodomésticos, porque el día que el inquilino deja el piso, tiene que estar todo, si no fuera así tiene todo el derecho de quedarse la fianza.
hola soy maría, de ningura manera el inquilo puede disponer del mobiliario, si puede reacomodarlo y guardar muebles que no utilize, pero en el momento de finalización de la relación contractual, debe devolverlo en las mismas condiciones que contrato. muchas gracias, un saludo
Hola, Soy Fernando, Si en el contrato no lo prohibe de sacar lo que se deja en el inmueble, el inquilino puede disponer de las cosas por el derecho de uso que se le permite en el mismo contrato, por eso tener mucha cautela en el momento de pactar la fianza, el cuidado del inmueble, muebles y enseres, queda bajo resonsabilidad de la parte arrendataria, hasta la terminación de la relación contractual. espero te sirva de algo mi respuesta. Un saludo.
Soy estudiante de derecho y en mi opinión no puede hacerlo. De todas formas tendrás que remitirte a lo que ponga en el contrato. Léelo bien y mira a ver que muebles aparecen en él, los demás podrá llevárselos si quiere.
Un momento. El inquilino está obligado a devolver el piso en las mismas condiciones en las que se lo encontró, por lo que puede hacer con los muebles lo que quiera. Si decide quitarlos es su problema, tendrá que guardarlos bien y volverlos a colocar al finalizar su contrato para que en la revisión final se vea que el piso está en las mismas condiciones. Es lo mismo que con la pintura, los agujeros de las paredes ...
Desde luego que lo que queda al margen son las obras realizadas sin auorización fehaciente del propietario, pero este es otro caso.
Si el dueño lo consiente, no hay problema. De todas formas, como habrás frmado un inventario de objetos y muebles de la vivienda que has alquilado, tendrás que tener en cuenta, que cuando finalice el contrato, deben estar todos los muebles y enseres que en su día estaban. Y que el tanto el propietario como el arrendatario firmaron.
Creo que puede sacarlas, pero su obligación es es guardarlas en un lugar seguro, para que éstas no se destruyan.
A más, si el inquilino tenía la idea de llevar muebles, hubiera alquilado un piso vacío.
Tú puedes exigirle una indemnización anticipada por daños y perjucios, porque quizás en un futuro a estos muebles les ocasionen algún daño en el lugar que los dejen. Asesórate bien y no permitas que estas cosas te ocurran. Si ves que no estás conforme con ellos, tu contrato temporal termina en pocos meses y puedes finiquitar el mismo. La ley dice que los contratos temporales se realizan para un tiempo determinado. No te veas en la obligación de volverlo a alquilar a los mismos inquilinos. Ánimo ... Helena Saenz de Viteri
No, ellos al firmar el contrato de alquiler dan su aprobación a lo que han alquilado y el estado en que se encuentra, si por algún motivo ellos deciden sacar los muebles han de comunicártelo y posteriormente hacer una modificación del contrato, modificación que podría haber un cambio en la renta, aunque a la hora de la verdad no se hace por motivos obvios.
Si en el contrato hay un anexo con el inventario de los muebles, no puede sacarlos, pues quiere decir que los incluyen en el pago de la renta de alquiler, es importante que exista el anexo con inventario de los muebles, pues si hubiera desperfectos al final del contrato, se tendrían que compensar. Una vez se tienen las llaves del piso, quiere decir que todo lo que está en su interior es propiedad privada del arrendatario hasta la finalizacion del contrato, el arrendador no tiene derecho a entrar si el permiso de el arrendatario, solo una orden judicial por temas penales le podría dar derecho a la entrada.
Hola! Te respondo desde mi punto de vista de inquilina y haciendo uso de la lógica.
Yo diría que no podría sacar los muebles, o si lo quisiese hacer, tendríais que cambiar el contrato o algo parecido. Te lo digo porque en mi contrato hay un listado muy concreto de todo lo que hay, mueble por mueble, con lo cual, cuando me vaya tendrá que comprobar el dueño de que no me he llevado nada, sino me lo descontaria de la fianza.
Por eso cuidado de si se lleva algo porque a la finalización del contrato puede alegar que se lo habéis quitado.
Cuando se alquila una vivienda amueblada es necesario hacer un inventario de muebles, electrodomésticos y enseres contenidos en el inmueble que, normalmente va anexado al contrato de arrendamiento, manifestando asimismo el inquilino que los recibe en perfecto estado y funcionamiento. En el supuesto que el inquilino retire alguno de esos muebles debe conservarlos de forma diligente en el mismo estado para retornarlos a su ubicación una vez finalizado el contrato.
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