Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Pues esa es la duda, quiero hacer un contrato de alquiler y la constructora, propietaria del piso que va a alquilar, quiere obligarme a pagar la contribución de dicho piso.
Estoy obligado a pagar este concepto¿?
El ibi es responsabilidad del propietario, pero la lau permite que se repercuta al inquilino si así se pacta en el contrato.
saludos - Papeleos Alquiler.
la ley permite el pacto para que el I.B.I. sea por cuenta del inquilino.
Para que ese pacto sea válido tiene que constar por escrito en el contrato y además se debe indicar el importe del I.B.I. el año de la firma del contrato (en caso de no conocerse, si es una nueva construccion, debe constar en el contrato que no se pone el importe por ese motivo)