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Nos llegó una citación de los juzgados a la casa y nos enteramos que la arrendadora va a perder la casa por incumplimiento de pago de la hipoteca, ¿podemos incumplir el contrato y mudarnos?
Y dejar de pagarle los últimos 2 meses y que se los descuente del mes de fianza y de depósito que se canceló al momento de firma, ya que la arrendadora no aparece. Vale destacar que el banco nos puede desalojar en cualquier momento. Y si existen instituciones que nos puedan asesorar.
El nuevo dueño de la casa tiene todos los derechos y obligaciones que se firmaron en el contrato de alquiler.
Además, para que no os hagan un lanzamiento del inmueble una vez ejecutada la hipoteca, tenéis que presentaron en el juzgado para que os reconozcan el contrato antes de la celabreción de la subasta pública
Gracias, otra pregunta quien se hace responsable del mes de fianza y depósito que le entregamos a la arrendadora, tiene la obligación de devolverlo aunque ya no sea ella la dueña del piso?
Que la propietaria no pague la hipoteca no es asunto vuestro. Si el piso es expropiado o sale a subasta, vosotros teneis un contrato en vigor que será respetado en todo momento, lo único es que el arrendador será otro pero eso no os afecta. No podeis dejar de pagar bajo ningún concepto, si no podeís poneros en contacto con la arrendadora, podeis depositar las mensualidades en el juzgado pero sobre todo no dejeis de pagar. Ni la fianza ni el aval están para cubrir mensualidades pendientes y dejando de pagar os convertiriais en morosos.