El dueño no me devuelve la fianza, sólo llevo 2 meses en el piso y avisé con 1 mes de antelación
Hace dos meses alquilé un piso pero por motivos personales tengo que irme a otro. Firmamos un contrato de 11 meses y en el contrato no hay ninguna cláusula que estipule que pierda la fianza en caso de no cumplir dicho contrato. El caso es que para que al dueño le diese tiempo a buscar nuevos inquilinos avisé con un mes de antelacion de que me tenía que ir pues avisé el 20 de enero y me iré el 27 de este mes. Así pues solo he vivido 2 meses en este piso y creo que he obrado con mucha responsabilidad al avisar con más de un mes de antelación y al quedarme otro mes extra pese a que me es muy dificil pagarlo yo solo (antes estábamos 2 en el piso). El casero me hace pagar en mano lo cual me hace sospechar que el contrato no es legal. Por eso quería saber por un lado ¿puede quedarse con mi fianza tal y como me ha dejado caer? y por otro ¿cómo se puede averiguar si el contrato es legal o es para cobrar en negro todo?
Si sirve de ayuda decir que tengo recibos de sus dos cobros y fianza.
Preguntado por:
Albertoper
Hace 15 años
Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Juan ha sido el primero en contestar Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
Juan
profesional
El hecho de que el arrendador haya puesto la vivienda en el mercado de alquiler y ya hayan ido a verla posibles nuevos arrendatarios implica una aceptación del desistimiento que impide pedir indemnización, aunque habría que probar esos hechos si llega el caso.
Con independencia de lo anterior, tampoco el arrendador podría pedir indemnización si no sufre perjuicios, es decir, si las cosas se hacen de manera que hoy sale un arrendatario y mañana entra otro. Es decir, el perjuicio y la responsabilidad del arrendatario por desistimiento se limita a los días que la vivienda deja de producir rentas.
En consecuencia, cualquiera de las dos causas anteriores impide al arrendador quedarse con la fianza. En cuanto a las razones basadas en desperfectos de la vivienda, que parecen traídas por los pelos, exigirían para ser causa de resolución que previamente requiriera fehacientemente al arrendador para que hiciera las reparaciones necesarias. Solo después de una supuesta negativa de aquél, podrían justificar una resolución unilateral del contrato.
Muchas gracias por su respuesta. Me queda aclarado que el contrato es válido aunque no haya depositado la fianza en el organismo procedente.
Pero mi duda principal es, si en el contrato no se estipula absolutamente nada de que se pueda quedar con mi fianza en caso de irme antes del final del contrato. ¿puede el arrendador quedarse con la fianza? estoy haciendo todo lo posible para facilitarle las cosas he dejado que venga gente a ver el piso, he avisado con más de un mes de antelación e incluso me he quedado otro mes mientras busca gente pese a que ahora mismo me estoy quedando sin dinero para afrontar posteriores pagos tan grandes para mi solo. Además hay muchos ruidos en el piso cosa que no sabía y el agua caliente se corta constantemente y no llega con fuerza además de que no hay calefación y hay muchisimo frio que entra por las ventanas que no cierran bien.
No me queda claro tampoco si pese a que el piso no esté declarado y no se haya depositado la fianza en el organismo competente si aun asi se puede quedar con la fianza. (El piso lo he cuidado un monton, ni un solo desperfecto)
El contrato es legal, aunque el arrendador no declare sus rentas ni haya depositado la fianza en la administración competente en su comunidad autónoma, donde podrá saber si está o no depositada la fianza. Pero eso iniciará un procedimiento de sanción. Cuestión delicada, porque mi tendencia natural a la denuncia de estos incumplimientos se frena ante el peligro de venganza, que podría espolear al arrendador no solo a quedarse con la fianza por incumplimiento del contrato, sino a no aceptar las llaves y pedir el pago de las rentas hasta el final del contrato. Así pues, como siempre, lo mejor es un mal acuerdo.
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