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Vivo en un piso de un familiar sin contrato pero con recibos que justifican estoy al corriente del pago de alquiler, me quiere denunciar y echarme: ¿tengo derechos como inquilino?¿Puede cortarme los suministros, entrar y hacer uso de la casa?¿puedo cambiar la cerradura?
Gracias
Muchisimas gracias a todos por vuestras respuestas, la situación no es nada agradable y ayuda ver que hay gente que da consejo de manera desinteresada. Me consuela saber que tengo respaldo legal que me de tiempo para solucionar la situación de manera beneficiosa para mi. Mil gracias!!
una pregunta sr. Jan ¿porqué tiene que comunicarle al arrendador que cambia el bombín? eso no lo pone en la LAU y cambiar el bombín es de cajón...nadie tiene derecho a tener llaves de la casa de otra persona.
Hola Mimsey:
Voy a responder a sus preguntas por orden de aparición:
1º) "Vivo en un piso de un familiar sin contrato pero con recibos que justifican estoy al corriente del pago de alquiler, me quiere denunciar y echarme."
Su arrendador ( familiar) no puede demandarle por no tener un contrato escrito, pues los contratos verbales tienen la misma validez y eficacia legal que los realizados por escrito. Sin embargo, su familiar sí podría demandarle si existe causa legal(art 27 LAU 1994).
2º)" ¿tengo derechos como inquilino?¿"
La respuesta es afirmativa, ya que usted ostenta la condición de arrendatario. Lea la LAU 1994 y se hará una idea precisa de los derechos que le asisten.
3º)" ?¿Puede cortarme los suministros, entrar y hacer uso de la casa?"
La respuesta a ambas preguntas es negativa. En caso de que su arrendador(familiar) llevase a cabo alguna de las conductas descritas debe usted denunciarlo ante la Comisaría de Polícia o el Juzgado de Instrucción de Guardia de su localidad, pues ambas conductas sos constitutivas de ilícitos penales.
4º)" ¿puedo cambiar la cerradura?
Tiene usted derecho a cambiar el bombín de la cerradura, aunque le aonsejo que dicho cambio sea puesto en conocimiento de su arrendador. Cuando finalice su contrato de arrendamiento usted deberá reponer la cerradura a su estado originario.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
http://letradosalquileres.es.tl
Si tienes recibos de pago por el alquiler del piso que te denuncie. Te conviene tener justificantes de todos los pagos y puedes cambiar la cerradura. Tiene derecho desde la fecha inicial ( el primer recibo mes) hasta los 5 años. saludos,