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lurdesluca

casero/a

Mi inquilino me debe medio mes de diciembre , enero, febrero, marzo y abril

Recibo de agua de enero y febrero ... recibos de luz de febrero y marzo. Él sabe que si no se pone al corriente, no hay mas contratos.

el contrato es temporal, 9 meses y finaliza el 8 de julio.

¿puedo entrar en mi casa el dia 9 y cambiar la cerradura?

  • Preguntado por: lurdesluca
  • Hace 14 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (2)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • manuel josé

    casero/a

    Busque  un abogado e inicie  el desahucio.

    Dice que el contrato es temporal.  No basata que en el contrato ponga que es temporal, tiene que poner el motivo,estudiante desplazado, movilización trabajador,....etc.  Dicho de otra forma:;  para que sea temporal  ha de figurar en el contrato cuál es su vivienda habitual.  Si no tiene vivienda habitual, lo será ésta y podrá estar hasta los 5 años.  En cuanto a los suministros  si en el contrato pone  que sean a su CARGO, yo  desdomiciliaría el pago de  los suministros  y  ordenaría a la empresa suministradora  por teléfono  que manden facturas al doimicilio ( al domicilio alquilado) y  se lo notificaría a ellos por burofax  quye en adelante rewcibirán facturas suministros en el domicilio.  Si no pagan, la empresa CORTA LA LUZ, vd. no puede hacerlo. Le demandarían por coacción. Saludos,

  • usuario eliminado

    No, no puedes entrar en su casa, porque esto es allanamiento de morada, y esta penado con pena de prisión.

     

    Lo quie has de hacer es ponerte en contacto con un abogado para inicial un prodecimiento de desahucio.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
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