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paola o

inquilino/a

Me quiero ir del piso antes de tiempo, ¿qué pasaría?

Hace 2 meses que estoy en un piso y me quiero ir, mi pregunta es qué pasaría con la fianza y si lo puedo hacer qué consecuencias tendré. Gracias

  • Preguntado por: paola o
  • Hace 15 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
manuel josé ha sido el primero en contestar
cynderel ha sido elegida Mejor Respuesta
  • cynderel

    inquilino/a

    Buenas noches. Como poder... la cuestión está en que habrás firmado un contrato de un año e legalmente solo puedes irte avisando con un mes de antelación, mediante burofax con aviso de recibo, a octubre (suponiendo que es ese el mes en que lo has alquilado). Lo que podría y es posible que pase, si te vas antes de tiempo es que pierdas la fianza además de que si el dueño quiere te puede llevar a juicio obligándote a pagar los meses que quedan hasta que finalice el contrato. Ahora bien, si consigues encontrar un sustituto para el piso, que sea del agrado del casero, antes de marcharte es muy posible que te devuelva la fianza y todos amigos (después de descontarte todos los desperfectos que puedan haber en el inmueble).

    Un saludo y felices fiestas

    • Respondido por: cynderel
    • Hace 15 años
  • manuel josé

    casero/a

    Es desistimiento unilateral o incumplimiento de contrato.

    Un juez suele condenar al pago de mensualidades restantes  hasta finalización contrato o hasta que el arrendador vuelva a alquilar el piso. De ahí  que si el arrendatario busca un inquilino para sustituirle que le agrade al arrendador  disminuye  el pago de  algunas mensualidades, si no le causas  perjuicio. Gastos de abogados,procuradores,costas judiciales. Mejor negociar con el arrendador aún perdiendo una o dos mensualidades. MEJOR UN MAL ARREGLO QUE UN BUEN PLEITO.

    Si negociais y llegais a un acuerdo   previa  comprobación de desperfectos,averías, consumos pendientes ( o lectura de contadores) firmar ambos Documento de Rescisión de Conformidad  figurando en él  el CAMBIO  TITULARIDAD DE SUMINISTROS  EN UN DETERMINADO PLAZO PARA PONERLOS A NOMBRE DE QUIEN DIGA EL ARRENDADOR ( con COPIA documento para AMBOS ), así se evita la demanda judicial.

    Saludos,

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