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Mi contrato estipula que he de avisar a la casera de mi no continuidad en el piso antes de los 60 dias previos a la finalización de éste, y no dice nada de que ocurriria en caso de avisar más tarde.
Habría que examinar dicha cláusula, para ver si te da la posibilidad de desistir en cualquier momento con un preaviso de 60 dias.
Si no, con que avise con 30 dias de antelación, mediante burofax, tiene más que suficiente.
Olgatto2: te aclaro algunas cosas:
1.- no hay que firmar ninguna prórroga. Los contratos se prorrogan por el mero silencio del inquilino.
2.- si firmaste el 9 de mayo de 2012, y la duración inicial era de un año (que supogo que si) entonces puedes evitar la 3ª prorroga preavisando antes del 9 de abril de 2014.
Si quieres ampliar o detallar esta información puedes escribirme sin ningún compromiso a mi correo profesional abogado@leonbendayan.com
El 9 de mayo de 2012, y la prorroga se firmó el 1 de agosto de 2013
No Olgatto2: estoy hablando del art. 9, no del 11. Además el art. 11 no es para regular la prórroga, sino el desistimiento (y sólo para el caso de contratos de duración superior a 5 años, lo que no es tu caso).
el art. 9 "anterior" al cambio tiene el mismo plazo de 30 días. De modo que la respuesta que te he dado antes sigue siendo correcta.
¿en qué fecha hiciste el contrato?
Quizá debería haber especificado que éste se trata del segundo año de alquiler, y por tanto es una prorroga del primer contrato. Cuando se llevó a cabo el primero aun no se había modificado el artículo 11 de la LAU al que haces referencia sobre los 30 días por lo que bajo la vigencia del antiguo artículo el plazo de 60 días no era ilegal. Cuando yo firmé el contrato de prorroga, en el cual se establece que se acuerda la prorroga segun lo pactado en el contrato prorrogado, ya había entrado en vigor las modificaciones de la LAU.
¿Ahora se me aplicaría el nuevo artículo teniendo en cuenta que me es más favorable?
Por cierto: ese plazo de preaviso de 60 días es ilegal, porque el plazo que establece la LAU es de 30 días, y el contrato no puede establecer uno mayor para el inquilino.
Olgatto2: lo que ocurre es que se inicia la siguiente prórroga, es decir, que el alquiler dura un año más.