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Lirin_liran

inquilino/a

¿Puedo irme del piso de acuerdo al contrato, sin perder por ese motivo la fianza?

En mi contrato aparece:

El presente contrato tendrá una duración de un año, plazo que dará comienzo el día 27 de enero de 2012 y finalizará el día 26 de enero de 2013. Dicho contrato se rige por la ley 29/1994 de arrendamientos urbanos.

Se otorga a la arrendataria un período de carencia de quince días para la realización de lo siguiente:(...)

No obstante lo anterior, ambas  partes pactan que la arrendataria podrá rescindir el presente contrato, previa notificación fehaciente a la arrendadora, con una antelación mínima de un mes, obligándose en caso contrario a indemnizar a aquella con una cantidad equivalente a las rentas del período de tiempo que restare de cumplir el contrato.

Entiendo que me puedo ir cuando quiera siempre que avise un mes antes, ¿es correcto?. Notificación fehaciente quiere decir burofax o firma en persona, ¿no?. El piso fue alquilado por agencia, ¿se debe encargar ella del contacto con el dueño y el papeleo?

  • Preguntado por: Lirin_liran
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Lirin:

    Coincido con la rèspuesta del sr Oscar.

    Reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Según la cláusula, entiendo que usted se puede ir en el momento que quiera con el preaviso de 1 mes.

    De manera fehaciente significa que quede constancia de ello, lo mejor, que redacte un documento y que se lo haga firmar al arrendador, en caso de imposibilidad, envíele un burofax con certificación de texto, pero hágalo en los dos casos directamente con la parte arrendadora, no con la inmobiliaria.

    Saludos

    oscar

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La clausula es un poco contradictoria aunque parece concederle el derecho a desistir en cualquier momento preavisando con un mes.

    No parece conveniente que encargue a la agencia de loq ue debe encargarse vd.

    En este enlace puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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