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Tengo contrato de 5 años y llevo un año solamente viviendo; ¿si me voy me devuelven la fianza?
Hola anafotog:
suponiendo que su contraro temga una duración inicial inferior a 5 años, tiene usted 3 opciones:
1º) Examinar su contrato de arrendamiento para ver si en el mismo se pactó la facultad del arrendatario de desistir del mismo antes del plazo de duración o cualquiera de sus prórrogas. En caso afirmativo hacer uso de tal facultad.
2º) Comunicar fehacientemente, con al menos 30 días de antelación a la fecha de finalización del plazo contractual o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no prorrogarlo.
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
3º) Intentar llegar a un acuerdo con su arrendador para resolver el contrato de mutuo acuerdo.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
El cumplimiento del palzo pactado es tan obligatorio para el casero como para el inquilino, si éste decide no cumplirlo está obligado a indemnizar al arrendador por ese incumplimiento y la pérdida de la fianza suele ser la indemnización mas usada.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/