Marina esa cláusula parece redactada por alguien que desconoce la ley, puede vd marcharse al cumplir los seis meses sin penalización alguna, lo único es que debe preavisar con treina días de antelación; el preaviso debe ser fehaciente. Le recomiendo lea:
EL DECALOGO DEL INQUILINO Pedro Hernández Olmo, abogado