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tengo un contrato de cinco años con el propietario de la vivienda donde estoy la renovacion se hace automatica cada año y llevo en el ya tres años puedo irme antes de la renovacion avisando un mes antes y me devolverian la fianza?
Hola jose:
salvo que en el contrato conste expresamente la facultad del arrendatario(usted) de desistir del contrato antes del plazo de duración pactado o de cualquiera de sus prórrogas, ante la pretensión de resolución unilateral por parte del arrendatario(usted),puede ocurrir :
1. Que el arrendador la acepte sin reserva, dando lugar a la resolución bilateral y de mutuo acuerdo, lo cual no conlleva otras consecuencias que la extinción del contrato y de las obligaciones recíprocas que de él se deriven.
2. Que el arrendador rehuse la entrega de y exija el cumplimiento del contrato judicialmente.
3. Que el arrendador acepte las llaves dando por resuelto el contrato, pero documentando que la resolución ha tenido lugar por la exclusiva voluntad del arrendatario, para ejercitar una acción de resarcimiento de daños y perjuicios.
reciba un cordial saludo.
en el contrato tienes la respuesta.
salvo que la parte arrendataria manifieste a la parte arrendadora con TREINTA DIAS de antelacion como minimo a la fecha de terminacion del contrato o de cualquiera de susprorogas su voluntad de no renovarlo.
no te puedes ir a medio año, salvo que llegues a un acuerdo con el casero (por escrito)
No, no puedes.
tendras que mandarle un burofax antes del 1 de octubre y podras marcharte el 1 de noviembre de 2013.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es
bueno ya lei los comentarios pero es mi duda y te expongo lo siguiente que me pone el contrato palabra a palabra que no sepa de leyes no significa que no sepa leer ......texto del contrato..........el plazo de duracion del contrato sera de UN AÑO surtiendo efectos a partir del 1 de noviembre del año 2010 llegado el dia del vencimiento del contrato,este se prorrogara por plazos anuales y hasta alcanzar una duracion maxima de cianco años salvo que la parte arrendataria manifieste a la parte arrendadora con TREINTA DIAS de antelacion como minimo a la fecha de termionacion del contrato o de cualquiera de susprorogas su voluntad de no renovarlo.............. en su caso¿asin me puedo ir antes de la fecha de renovacion automatica dando mis 30 dias de aviso sin perder la fianza? creo que ahora me exprese mejor digo
A veces me da la impresion de que contestamos en otro idioma.
jose, por favor, vuelve a leer las respuestas.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es
la verdad que tengo contrato de un año renovable hasta cinco me equivoque antes,yevo en el ya tres años y se renueva automaticamente en diciembre ¿me puedo ir sin que yegue esa fecha de diciembre o debo esperar ya que cumpli tres años ya y ya paso el primer año como dice mi contrato
Si tienes contrato de cinco años debes cumplirlo.
Si tienes contrato de un año, se prorroga automáticamente en periodos anuales hasta el 5º. Para poder irte, debes avisar con 30 dias de antelación al cumpleaños del contrato de tu intención de no renovar.
Si el contrato es de 5 años no puedes irte hasta los 5 años.
Si es anual prorrogable no puedes irte hasta que termine la anualidad
En ambos casos si te marchas no solo no te devuelven la fianza sino que ademas te reclamaran por medio de una demanda judicial las rentas que queden hasta finalizar el contrato.
Todo ello a salvo de alguna clausula de desistimiento que pudiese tener tu contrato.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es