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Nerea

inquilino/a

Fianza al dejar el piso
Voy a dejar el piso que tengo alquilado por inmobiliaria, con la cual he firmado un contrato por un año,  en el que indica que si dejo el piso antes de ese período,  se quedan con la fianza, la cual corresponde a dos mensualidades. Lo voy a dejar justo al haber transcurrido 6 meses. Mi duda es ahora que llevo 5, ya que tengo que avisar 30 dias antes, como debe ser el escrito que entregue para avisar de que lo dejo,  para luego no tener problemas. Y si puedo recuperar el total o una parte de mi fianza, aunque ponga en el contrato que la pierdo. Muchas gracias.
  • Preguntado por: Nerea
  • Hace 9 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Hola En  Papeleos Alquiler  tiene un modelo de desistimiento . Si el contrato era de un año, como máximo le pueden cobrar media mensualidad a modo de indemnización. Ni un euro más. Saludos
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Debes avisar de forma fehaciente, es decir, de forma que quede constancia de ello.
    El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
    Si en el contrato de arrendamiento no viene bien especificado / redactado, no habrá lugar a indemnización ninguna.
    Es imprescindible firmar el documento de fin de arrendamiento a la salida del inmueble.



  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Nerea tal como describe la situación parece que quien ha redactado ese contrato tiene una gran ignorancia de la ley de arrendamientos urbanos, el inquilino tiene derecho irrenunciable a dar por terminado el contrato a los seis meses preavisando con treinta días de antelación y sólo puede ser penalizado, si así consta en el contrato, con un mes de alquiler por año que deje incumplido.   Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono:  807 520 008  donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)   http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
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