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Enrique

inquilino/a

ANIMALES Y FIN DEL CONTRATO
Hola, buenas tardes. Les comento mi caso. Vivo en un piso de alquiler en el que consta en el contrato la prohibición de tener animales. La cuestión es que me acaban de regalar un perrito adoptado y lógicamente va a vivir conmigo. Tengo intención de hablar con el casero y llegar a un acuerdo, ya sea para que pueda quedarse él o bien para finalizar el contrato. Mi duda es que en el contrato pone textualmente: "LA PARTE ARRENDATARIA SE OBLIGA A COMPLETAR EL ALQUILER DEL PISO DURANTE UN PERÍODO MÍNIMO DE UN AÑO, Y AL PAGO DEL MISMO POR ESTE PERÍODO". Actualmente llevo sólo 6 meses. ¿Cuales son las consecuencias que puedo tener si finalizo mi contrato ahora mismo? ¿Qué me puede reclamar el casero si introduzco un animal contra su prohibición?
Un saludo y muchas gracias. Espero atentamente sus respuestas.
  • Preguntado por: Enrique
  • Hace 8 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (3)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Esa cláusula es NULA por perjudicarle a usted con respecto a la ley.
    Dependerá del cerebro de su casero el recuperar la fianza por las buenas o por las malas.... 
    Por si acaso, dígale que "la penalización por desistimiento anticipado" se la cobre de la fianza.
  • Enrique

    inquilino/a

    Muchas gracias por su rápida respuesta. Entiendo entonces que lo peor que me puede pasar es que me reclame lo que ha comentado usted, ¿no? Aunque el contrato ponga esa frase que he puesto antes de que estoy obligado a estar un año y pagar ese año.
    ¿Sobre la fianza? Si el piso está en perfecto estado ha de devolverla, ¿no?
    Muchas gracias de nuevo.
    • Respondido por: Enrique
    • Hace 8 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,
    Una vez cumplidos los 6 meses, puedes finalizar el contrato con el preaviso de 30 dias.
    solo deberás pagar la penalización de una 7/12 parte de la renta que pagas mensulamente si lo especifica correctamente en tu contrato de arrendamiento.

    deberá poner algo como que si no cumples el periodo de alquiler, deberás pagar un mes de renta por año de incumplimiento, o bien, la parte proporcional si es menos de una año.
    Si no pone algo así o parecido, no tendrás ninguna penalización.
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