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hola, no tengo trabajo, ni ayuda social ni familia ni nada, ni jamas aporte nada al sistema, ya q vivo aqui en España hace solo 1 año (soy comunitaria) solo poseo un piso el cual necesito alquilar para poder irme a otro sitio, muy posiblemente fuera de España. Puedo hacer un contrato por escibania con el arrendatario?
Debo declarar a hacienda , siendo el importe del alquiler 400e mensuales, o inclusive menos?
gracias.
Entiendo, y si el importe del alquiler, haciendo un contrato ante escribano, es de 50 euros? aun asi , sin trabajo, sin prestaciones, sin haber cotizado jamas, y viviendo fuera del pais... hay que declararlo?
Contesto a la última pregunta,después de ratificar las dos respuestas de mis compañeros: Claro que debe declarar fiscalmente un alquiler de 4.800 euros, si es vivienda de su inquilino con las reducciones que le puedan corresponder.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Hola silvana:
coincido con la respuesta de mi compañero Pedro.
Reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Si es un alquiler para vivienda puedes alquilar sin problema.
El contrato no necesita ningun tramite especial, a excepcion del deposito de la fianza obligatoria de un mes que debes hacer en tu comunidad autonoma.
Si desconoces la legislacion en materia de arrendamiento es mas que aconsejable que el contrato lo redacte un abogado experto, evitaras muchos problemas.
Pedro Martinez
Abogado