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Los vecinos de arriba me molestan pq arrastran muebles, tengo un termo de 30 l que no me da para bañarme en condiciones, un colchon q me esta haciendo un daño en el cuello impresionante, casa sin ventilacion, y aparte de que no estoy agusto en esa casa, voy a coger una depresion como siga !
Buenas... queria empezar diciendo q al final llegue a un acuerdo con la propietaria y me devolvera la fianza , y de ahi me descontaras el agua y la luz. Por otra parte ahora quiero contestar a lo q me has contestado que tu sabras mejor q yo, pero de todos modos te contesto igual pq veo que aqui la gente con la ley en la mano dice cada tonteria ...Empecemos. 1° los vecinos de arribas son inquilinos de la misma mujer, y por eso mismo se lo comunique a la mujer , y de todos modos ya he tenido 2 momentos tensos con ellos ( no es q me de temor ) 2° en mi vivienda de toda la vida siempre me he duchado y en esta que estoy de alquiler sigo haciendo lo mismo, no lleno la bañera... pero creo q despues de 12 h de trabajos... una ducha de 10 o 15 min para relajarte esta bien ( tu te las das verdad ?, si no quiere una cosa para ti no se lo des a los demas). 3° si te gusta dormir bien... pq no le pones a los inquilinos un colchon para dormir bien ? No le des lo q no te gustaria tener a ti.4° se distinguir un local de una vivienda( tonto no soy) solo tiene una ventana y encima no me quiere poner la campana en la cocina ( si tu crees q eso es concevido...) y 6° soy propietario tb de un piso de alquiler y siempre cada vez q se va un inquilino , reviso , limpio y rempongo. Como por ejemplo este verano... que me he gastado 500 euros... y no lo veo como gastos si no como inversion. Qur minimo tener un servicios minimo y unas comodidades para q el cliente este agusto( osea inquilino). Y ya no estoy hablando con ley en la mano , si no como personas q somos q tenemos que ayudarnos el uno a los otros. Todo en esta vida no es ganar dinero.
Antes de firmar el contrato exige lo que quieras, pero una vez firmado, toca cumplirlo.
Si los vecinos de arriba te molestan quéjate a ellos o denuncialos por ruidos
Si no te da el termo para llenar la bañera con agua caliente, dúchate
Si el colchón de la cama te está haciendo un daño impresinante en el cuello,cámbialo de posición girándolo, invirtiendolo o ambas cosas a la vez y si con ello no logras remediar tu problema tendrás que pensar en comprarte uno a tu gusto, pero en tal caso has de guardar el del casero.
Si "no hay ventilación en la vivienda" insta una demanda judicial de resolución de contrato por falta de habitabilidad, pero eso ya se aprecia a simple vista cuando se examina el piso antes de contratarlo. ¿No será que has alquilado un local de negocio sin ventanas, en vez de una vivienda?
En todo caso, sea vivienda o local lo que has alquilado puedes irte a vivir a otro sitio, pero tienes que cumplir el pago de los seis meses de renta convenidos, salvo que llegues a un acuerdo con el arrendador, de resolución anticipada de contrato.
Coincido con la respuesta de mi compañero PHOLMO.
Salvo que haya incluido en su arrendamiento una facultad de desistimiento anticipado expresa, me temo que tiene que cumplir el plazo mínimo de 6 meses, que coincide con el plazo legalmente establecido.
Cualquier intento de irse antes sería un incumplimiento de contrato por su parte.
Un saludo,
Si ha firmado por seis meses pretende marcharse antes y el casero no está de acuerdo en ello, no solo no puede reclamar la fianza, sino que si se marcha sin más, el casero le puede reclamar todos los alquileres que se comprometió a pagar.
En http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas, estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
Gracias por la respuesta, pero con todo el respeto del mundo. Podrias decirme mas exactamente si le puedo reclamar la fianza y asi olvidarme de problemas e irme a otro sitio? Estoy mal mal mal. Yo tb soy propietario de un piso de alquiler , y mis inquilinos viven mejor q yo pq no le faltan de nada. Asi q yo exijo lo mismo. GRACIAS
en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.
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