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El piso se alquiló hace aproximadamente tres años. Los electrodomésticos y la vivienda fueron estrenados por el inquilino.
Gracias
según el art. 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinadrio de la vivienda (lo que incluiría electrofdomésticos) es por cuenta del arrendatario, más aún si los electrodomésticos los estrenó él.