Sara conforme la la ley vigente cuando firmó su contrato, Vd. se encontraba en la segunda parte de la prorroga de tres años de duración para el casero y de anualidades completas para Vd. Habría que leer ese contrato, pero parece que ese preaviso de dos meses le hubiera permitido desistir sin cumplir la anualidad completa, al no haberlo cumplido el casero puede exigirle indemnizacion, la pérdida de la fianza puede convenirle. Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono:
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