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Llevo 14 meses con contrato.
Hola elmun:
coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo y le sugiero la lectura de los artículos 25 y 14, por este orden, de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
El dueño tiene pleno derecho a vender la casa, pero está obligado a ofrecersela al inquilino(vd. )
si la vende a otra person ael comprador deberá respetar su arrendamiento. 5 años.
vd no tiene obligación alguna de permitir que nadie visite su vivienda mientras sea su hogar.
para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/